¿Qué es el Impuesto sobre el Patrimonio?
El Impuesto sobre el Patrimonio (IP) es un tributo que grava la riqueza neta de las personas físicas a fecha de 31 de diciembre de cada año. A diferencia del IRPF, que se centra en los ingresos anuales, el IP se fija en el valor total de tus bienes y derechos.
Es un impuesto estatal cedido a las Comunidades Autónomas, lo que provoca grandes diferencias en la tributación final dependiendo de dónde residas, ya que cada región puede modificar el mínimo exento, los tipos y las bonificaciones.
¿Quién está Sujeto al Impuesto?
La obligación de declarar depende de tu residencia fiscal:
- Residentes fiscales en España: Deben declarar por obligación personal (patrimonio mundial), incluyendo bienes en España y en el extranjero.
- No residentes fiscales en España: Tributan por obligación real, únicamente por los bienes y derechos que posean en territorio español.
¿Qué Bienes Forman el Patrimonio?
Se debe computar el valor neto del conjunto de tus activos, restando las deudas deducibles. Los bienes más comunes a declarar son:
Bienes Inmuebles
Viviendas, locales, terrenos, etc.
Activos Financieros
Cuentas bancarias, depósitos, acciones, fondos de inversión.
Otros Bienes
Vehículos, embarcaciones, joyas y objetos de arte.
Exenciones Clave del Impuesto
Existen ciertos bienes que no computan en el impuesto, siendo los más importantes:
- Vivienda habitual: Está exenta hasta un importe máximo de 300.000 €.
- Patrimonio empresarial y profesional: Bienes necesarios para desarrollar una actividad económica, cumpliendo ciertos requisitos.
- Planes de pensiones y otros sistemas de ahorro para la jubilación.
¿Cómo se Calcula el Impuesto?
- Cálculo del Patrimonio Neto: Se suman los valores de todos los bienes y se restan las deudas deducibles.
- Base Imponible: Al patrimonio neto se le restan las exenciones (ej. vivienda habitual).
- Base Liquidable: A la base imponible se le aplica la reducción del mínimo exento. A nivel estatal es de 700.000 €, pero cada comunidad puede modificarlo.
- Cuota Íntegra: Se aplica una tarifa progresiva a la base liquidable (estatal: del 0,2% al 3,5%).
El Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ISGF)
Este impuesto estatal actúa como un suelo mínimo de tributación para patrimonios netos superiores a 3.700.000 euros. De la cuota a pagar del ISGF se deduce lo que ya se ha pagado por el Impuesto sobre el Patrimonio, evitando la doble imposición.
¿Quién está Obligado a Presentar el Modelo 714?
Debes presentar la declaración si, tras aplicar deducciones y bonificaciones, tu cuota **resulta a ingresar**, o si el valor bruto de tus bienes (sin deudas) **supera los 2.000.000 de euros**.
El plazo de presentación coincide con la campaña del IRPF, normalmente entre abril y junio de cada año.